COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, con criterios profesionales, justos y acordes a la Ley.  Preparar con la debida antelación y someter a la Junta de Propietarios el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.  Control del presupuesto de gastos e ingresos bajo principios generales de economía presupuestaria:
La totalidad de cobros y pagos han de figurar en el presupuesto.
Las cifras presupuestadas como gastos se consideran como máximas, no pudiendo autorizarse gastos en cuantía superior a ellas.
Las secciones no contraerán obligaciones que supongan gastos si no hay consignación, pudiendo autorizarse por la Junta transferencias de consignación desde otras secciones con presupuesto suficiente.
Toda operación ha de quedar amparada con justificante legítimo.
El presupuesto ha de liquidarse a la finalización de cada ejercicio.
Atender a la conservación y entretenimiento de la Finca, manteniendo su adecuación a normas de seguridad, higiene y funcionamiento en interés de sus moradores, y a tal fin, disponer las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.
Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras, así como todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.
Efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes. A tal fin, la Junta de Propietarios habrá de determinar la forma en que la Administración deba hacer frente a los gastos presupuestados.
Asesoramiento y gestión en temas:
Inmobiliarios: IBI, Registrador de la Propiedad, rehabilitación de inmuebles.
Jurídicos: Acuerdos de junta de propietarios, estatutos, reglamentos de régimen interno, cobro de morosos, sentencias y jurisprudencia en general que afecta a la propiedad inmobiliaria.
Fiscales: Obligaciones con la Hacienda Pública en todos los aspectos relacionados con la propiedad, IVA, IRPF, declaraciones.
Laborales: Riesgos laborales, contratos, seguridad social, medidas de fomento de empleo.
Técnicos: En aquellos aspectos arquitectónicos e industriales que afectan al buen funcionamiento de los servicios y mantenimiento de la propiedad, asesorando sobre la mejor contratación de las empresas o técnicos que en la relación calidad-precio sean las más ventajosas.
Económicos: Criterios de presupuestos, repercusión de gastos, liquidaciones, saldos individualizados.
Funciones de mediación entre la Comunidad y el Propietario, entre los mismos propietarios, entre la Comunidad y las administraciones públicas, intentando unificar criterios para evitar litigios.
Remisión periódica a cada propietario y exposición en el tablón de anuncios de la Comunidad de informes sobre:
Estado de cuentas y desarrollo del presupuesto.
Tareas, evolución de los acuerdos adoptados y realizaciones efectuadas y/o pendientes.
Programa de medición y control del grado de satisfacción de los copropietarios sobre el conjunto de servicios que actúan en el ámbito de la Comunidad.
Actuar como Secretario de la Junta de Propietarios y en relación a ello:
Custodiar los libros de actas de la Junta de Propietarios y conservar, durante el plazo legal de cinco años, las convocatorias, comunicaciones, apoderamientos y demas documentos relevantes de las reuniones.
Emitir certificaciones sobre estado de deuda y, en su caso, sobre acuerdo de la Junta aprobando liquidación de la misma.
Recibir y dejar constancia de las comunicaciones que corresponde hacer a los propietarios por disposición legal y tramitación de las convocatorias de Junta.
Redactar el acta de las Juntas, subsanar sus errores antes de la siguiente Junta y cerrarla dentro del plazo legal.
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