Las personas nombradas por la junta de propietarios de una comunidad como presidente, secretario, administrador, o cualquier otro cargo que se determine, son las encargadas de llevar a buen puerto los intereses de una comunidad.
Del acierto en la elección de esas personas dependerá el resultado más o menos afortunado en la gestión de los asuntos comunitarios.
Nuestra administración contribuye a que su comunidad:
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Resuelva la preparación y proposición a la junta de propietarios del plan de gastos previsibles. |
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Atienda a la conservación y entretenimiento de la finca correctamente. |
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Disponga las reparaciones y medidas que resulten urgentes. |
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Ejecute los acuerdos adoptados en materia de obras. |
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Efectúe el control de recaudación de las cuotas que a cada propietario le corresponda abonar. |
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Redacte y cierre las actas de las juntas conforme a Ley. |
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Dirija a los propietarios las notificaciones y comunicaciones que previene la Ley. |
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